UN 3124 Sólido tóxico que experimenta calentamiento espontáneo, n.e.p.
2 entradas en la tabla A según el grupo de embalaje o la variante.
Variante 1 de 2 · GE I
SÓLIDO TÓXICO QUE EXPERIMENTA CALENTAMIENTO ESPONTÁNEO, N.E.P.
6.1 Materias tóxicas4.2 Materias que pueden inflamarse espontáneamente
6643124
Clase
6.1 · Materias tóxicasCódigo de clasificación TS
Grupo de embalaje
II: peligro alto · II: medio · III: bajo
Riesgo subsidiario
4.2
Nº de identificación del peligro
664Materia muy tóxica sólida, inflamable o susceptible de autocalentamiento.
Categoría de transporte
1Exenta hasta 20 kg o L por unidad de transporte si va sola; con otras categorías, cada kg o L suma 50 puntos, hasta 1.000. Calcular puntos
Restricción en túneles
C/E
En cisternas: prohibido el paso por túneles de categoría C, D y E.
Resto de transportes: prohibido el paso por túneles de categoría E.
Se aplica a las unidades que deben llevar panel naranja (8.6.4). La carga que va exenta por el 1.1.3 no cuenta (8.6.3.3).
Cantidades limitadas (3.4)
No se admiteColumna 7a de la tabla A.
Disposiciones especiales
274Su texto está en el capítulo 3.3 del ADR.
Designación para el documento de transporte · 5.4.1.1.1
UN 3124, SÓLIDO TÓXICO QUE EXPERIMENTA CALENTAMIENTO ESPONTÁNEO, N.E.P., 6.1 (4.2), I, (C/E)
Al ser una entrada N.E.P., hay que añadir entre paréntesis la denominación técnica de la materia (3.1.2.8).
Variante 2 de 2 · GE II
SÓLIDO TÓXICO QUE EXPERIMENTA CALENTAMIENTO ESPONTÁNEO, N.E.P.
6.1 Materias tóxicas4.2 Materias que pueden inflamarse espontáneamente
643124
Clase
6.1 · Materias tóxicasCódigo de clasificación TS
Grupo de embalaje
III: peligro alto · II: medio · III: bajo
Riesgo subsidiario
4.2
Nº de identificación del peligro
64Materia tóxica sólida, inflamable o susceptible de autocalentamiento.
Categoría de transporte
2Exenta hasta 333 kg o L por unidad de transporte si va sola; con otras categorías, cada kg o L suma 3 puntos, hasta 1.000. Calcular puntos
Restricción en túneles
D/E
A granel o en cisternas: prohibido el paso por túneles de categoría D y E.
Resto de transportes: prohibido el paso por túneles de categoría E.
Se aplica a las unidades que deben llevar panel naranja (8.6.4). La carga que va exenta por el 1.1.3 no cuenta (8.6.3.3).
Cantidades limitadas (3.4)
No se admiteColumna 7a de la tabla A.
Disposiciones especiales
274Su texto está en el capítulo 3.3 del ADR.
Designación para el documento de transporte · 5.4.1.1.1
UN 3124, SÓLIDO TÓXICO QUE EXPERIMENTA CALENTAMIENTO ESPONTÁNEO, N.E.P., 6.1 (4.2), II, (D/E)
Al ser una entrada N.E.P., hay que añadir entre paréntesis la denominación técnica de la materia (3.1.2.8).
Antes de usarlaEs una consulta, no un asesoramiento
Reproducimos la tabla A del ADR 2025 y explicamos cada columna con el texto de la propia norma. No sustituye al consejero de seguridad, ni a la ficha de datos de seguridad, ni a la clasificación que tiene que hacer el expedidor. El panel naranja con números se lleva en cisternas y a granel; en bultos, el panel es liso. Ante cualquier duda, manda el texto oficial.