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UN 3291 Desechos clínicos, n.e.p. o desechos (bio)médicos, n.e.p. o desechos médicos regulados, n.e.p.

2 entradas en la tabla A según el grupo de embalaje o la variante.

Variante 1 de 2

DESECHOS CLÍNICOS, N.E.P. o DESECHOS (BIO)MÉDICOS, N.E.P. o DESECHOS MÉDICOS REGULADOS, N.E.P.

Etiqueta 6.2: Materias infecciosas
6.2 Materias infecciosas
Clase
6.2 · Materias infecciosasCódigo de clasificación I3
Grupo de embalaje
—
Nº de identificación del peligro
606Materia infecciosa.
Categoría de transporte
2Exenta hasta 333 kg o L por unidad de transporte si va sola; con otras categorías, cada kg o L suma 3 puntos, hasta 1.000. Calcular puntos
Restricción en túneles
-
  • Sin restricciones: paso autorizado por todos los túneles.
Se aplica a las unidades que deben llevar panel naranja (8.6.4). La carga que va exenta por el 1.1.3 no cuenta (8.6.3.3).
Cantidades limitadas (3.4)
No se admiteColumna 7a de la tabla A.
Disposiciones especiales
565Su texto está en el capítulo 3.3 del ADR.
Designación para el documento de transporte · 5.4.1.1.1

UN 3291, DESECHOS CLÍNICOS, N.E.P. o DESECHOS (BIO)MÉDICOS, N.E.P. o DESECHOS MÉDICOS REGULADOS, N.E.P., 6.2

Al ser una entrada N.E.P., hay que añadir entre paréntesis la denominación técnica de la materia (3.1.2.8).
Variante 2 de 2

DESECHOS CLÍNICOS, N.E.P. o DESECHOS (BIO)MÉDICOS, N.E.P. o DESECHOS MÉDICOS REGULADOS, N.E.P., en hidrógeno líquido refrigerado

Etiqueta 6.2: Materias infecciosas
6.2 Materias infecciosas
Etiqueta 2.2: Gases no inflamables y no tóxicos
2.2 Gases no inflamables y no tóxicos
Clase
6.2 · Materias infecciosasCódigo de clasificación I3
Grupo de embalaje
—
Riesgo subsidiario
2.2
Categoría de transporte
2Exenta hasta 333 kg o L por unidad de transporte si va sola; con otras categorías, cada kg o L suma 3 puntos, hasta 1.000. Calcular puntos
Restricción en túneles
-
  • Sin restricciones: paso autorizado por todos los túneles.
Se aplica a las unidades que deben llevar panel naranja (8.6.4). La carga que va exenta por el 1.1.3 no cuenta (8.6.3.3).
Cantidades limitadas (3.4)
No se admiteColumna 7a de la tabla A.
Disposiciones especiales
565Su texto está en el capítulo 3.3 del ADR.
Designación para el documento de transporte · 5.4.1.1.1

UN 3291, DESECHOS CLÍNICOS, N.E.P. o DESECHOS (BIO)MÉDICOS, N.E.P. o DESECHOS MÉDICOS REGULADOS, N.E.P., en hidrógeno líquido refrigerado, 6.2 (2.2)

Al ser una entrada N.E.P., hay que añadir entre paréntesis la denominación técnica de la materia (3.1.2.8).

Antes de usarlaEs una consulta, no un asesoramiento

Reproducimos la tabla A del ADR 2025 y explicamos cada columna con el texto de la propia norma. No sustituye al consejero de seguridad, ni a la ficha de datos de seguridad, ni a la clasificación que tiene que hacer el expedidor. El panel naranja con números se lleva en cisternas y a granel; en bultos, el panel es liso. Ante cualquier duda, manda el texto oficial.

ExplicacionesDel propio ADR1.1.3.6 (categorías), 5.3.2.3 (número de peligro), 5.4.1.1.1 (designación) y 8.6.4 (túneles).
EtiquetasModelos oficialesDibujos de la UNECE (dominio público).

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